Las partes contrayentes, felices, histericamente transtornadas (a lugar entonces, y siempre, bajo las mismas circunstancias, una acción de nulidad por la falta de capacidad del contratante en el momento del esperado perfeccionamiento del acuerdo. Estaban demasiado contentos!) Juan Felipe y Carolina se casaron y serán felices y comerán perdices, o esa es al menos la causa accidental (muy accidental) de este contrato, conocida además por ambos lo que implica que de no cumplirse la expectativa -razonable o no-, de que en un tiempo prudencial efectivamente haya consumo de perdices, y disfrute de la susodicha-dicha- matrimonial, habrá posibilidades reales de resición del vínculo.
Yo que no soy parte pero si doliente, les deseo lo mejor y también mas fotos! Esta en particular debió haber sido una posterior a la liberación de las
mariposas en la capilla de San Lucas, Medellín, Colombia.